La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará un proyecto que podría marcar un precedente relevante en la defensa del patrimonio cultural de los pueblos indígenas en México. El máximo tribunal tiene enlistado para discusión un proyecto que propone revocar la suspensión definitiva que permitió a Grupo Xcaret continuar utilizando elementos del patrimonio cultural maya en su promoción turística y en diversas atracciones de sus parques.
De aprobarse el proyecto, la empresa turística tendría que retirar de sus páginas web, campañas publicitarias y materiales de promoción cualquier elemento cultural maya utilizado con fines comerciales, al menos mientras se resuelve el fondo del juicio de amparo.
El proyecto —elaborado por la ministra María Estela Ríos González— se sustenta en la reforma constitucional publicada el 30 de septiembre de 2024, mediante la cual se fortaleció el artículo 2° de la Constitución para reconocer de manera explícita la autonomía de los pueblos indígenas en la preservación, protección y desarrollo de su patrimonio cultural, tanto material como inmaterial.
La reforma también establece el reconocimiento de la propiedad intelectual colectiva de los pueblos indígenas sobre los elementos que conforman su cultura e identidad, lo que implica que su utilización requiere el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades.
De acuerdo con el proyecto que revisará la Corte, el Estado mexicano tiene la obligación de adoptar medidas para garantizar la protección adecuada de ese patrimonio cultural y establecer mecanismos eficaces de reparación cuando bienes culturales, intelectuales o espirituales hayan sido utilizados sin autorización de los pueblos originarios.
El documento también señala que el patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas debe considerarse reservado para las propias comunidades, por lo que su uso comercial sólo puede realizarse cuando exista consentimiento conforme a lo establecido en la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas.
La controversia se remonta a 2022, cuando el Gran Consejo Maya de Quintana Roo, órgano de representación de los dignatarios mayas de los centros ceremoniales del estado, inició acciones legales contra Grupo Xcaret por el uso de diversos elementos culturales en sus espectáculos y actividades turísticas sin autorización de las comunidades.
Entre los elementos señalados por las comunidades se encuentran representaciones del Hanal Pixán —celebración maya del Día de Muertos—, el juego de pelota, la travesía sagrada maya y la danza de los búhos, prácticas culturales que forman parte del patrimonio simbólico y ritual del pueblo maya.
Durante el proceso, el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) intervino solicitando que la empresa se abstuviera de utilizar esta iconografía mientras se resolvía el litigio. No obstante, en febrero de 2025, Grupo Xcaret promovió un amparo ante un juzgado federal en materia administrativa en Ciudad de México, lo que le permitió continuar utilizándolos de manera temporal.
Posteriormente, en octubre de 2025, el ministro presidente de la Suprema Corte, Hugo Aguilar Ortiz, atrajo el caso al máximo tribunal, al considerar su relevancia constitucional y el impacto que puede tener en la protección de los derechos culturales de los pueblos originarios.
Si el pleno de la Corte decide revocar la suspensión concedida a la empresa, Grupo Xcaret estaría obligado a retirar de inmediato cualquier referencia comercial a los elementos culturales mayas señalados en la controversia mientras se resuelve el fondo del juicio.
La resolución también podría abrir un debate más amplio en la industria turística del sureste mexicano, donde numerosos complejos hoteleros y parques temáticos utilizan simbología, rituales o narrativas asociadas a la civilización maya como parte de su oferta turística.
Grupo Xcaret administra actualmente seis parques turísticos en Quintana Roo —Xcaret, Xplor, Xplor Fuego, Xenses, Xoximilco y Xavage— además del parque natural Xel-Há y un complejo hotelero integrado por Hotel Xcaret México, La Casa de la Playa y Hotel Xcaret Arte.
Mientras la empresa sostiene que su proyecto busca difundir el patrimonio natural y cultural de México, representantes del pueblo maya argumentan que la utilización de sus tradiciones sin autorización constituye una forma de apropiación cultural y explotación comercial de conocimientos ancestrales.
La decisión que tome la Suprema Corte podría convertirse en un precedente importante para definir los alcances de los derechos colectivos de los pueblos indígenas frente al uso comercial de su patrimonio cultural en la industria turística.













