Columnas

Las trampas en el examen de admisión

La semana pasada hablé, un poco tangencialmente, sobre el examen de la Universidad Nacional Autónoma de México. Me posicioné, lo reitero ahora, en contra de cualquier tipo de ventaja injusta, sea ésta producto de la trampa, sea de condiciones desiguales. Esta duplicidad me parece importante porque creo verdaderamente que centrar la discusión de los exámenes de admisión en la existencia de gente que ha hecho trampa -y mucho más aún, sólo en la gente que hizo trampa en esta convocatoria– es reducir un tema que debe discutirse de forma profunda y que coloca preguntas muy relevantes para un sistema democrático.

En primer lugar, debemos hablar sobre la pertinencia de la existencia de un examen de admisión para la universidad. Por un lado, se entiende que las limitaciones presupuestales, físicas e incluso geográficas colocan un freno importante para el número de alumnos que pueden ser admitidos por un sistema universitario. Sé, además, que nuestro sistema económico, al menos como existe en este momento, no requiere que todas y todos tengamos educación universitaria e incluso, en cierto nivel, que necesita que exista gente con menos nivel educativo.

En contrapartida, debemos observar que la educación, formal, proporcionada por el estado, es un derecho fundamental y que a lo largo de los años, su alcance ha aumentado. No existe una razón para que esto no pueda suceder también con la educación profesional. Igualmente el que las necesidades del sistema se dirijan hacia una menor educación de una parte de la población, no me parece un argumento contra la universalidad universitaria, sino al contrario, considero un muy buen argumento para mostrar los problemas de nuestro sistema económico. Finalmente, considero que existen muchos caminos potencialmente posibles para evitar los problemas económicos y logísticos que se anticipan con esta medida, y que la tecnología proporciona, cada vez más, herramientas adecuadas para ello.

Dicho esto, es necesario indicar que incluso asumiendo la necesidad de limitar el acceso a la universidad, no considero que el examen de admisión tal y como existe, sea un mecanismo adecuado para hacer la selección. Normalmente se dice que el examen mide o bien el esfuerzo y compromiso de los aspirantes, o bien su capacidad y conocimientos. Considero que esto no es verdad. Por un lado, los privilegios sociales y las condiciones estructurales de cada una de las personas son diferentes y esas diferencias importan, incluso en la mayoría de las ocasiones más que el esfuerzo o la capacidad individual. De la misma forma, estas características no tienen una relación directa con la eficiencia terminal de las y los estudiantes. Funciona como discurso legitimador de la distinción social basado en un criterio supuestamente meritocrático, pero que, como en todos los casos de esta ideología, no hace sino construir una fuente auto recursiva: los que aprueban el examen son los mejores, porque sólo los mejores aprueban el examen.

Dicho esto, no quiero que se asuma que estas palabras son una celebración de estrategias tramposas en la presente convocatoria, ni tampoco en las anteriores. Es necesario decirlo así porque el discurso mayoritario parece intentar convencernos de que lo sucedido en esta ocasión es algo extraordinario, cuando no es así. Siempre ha habido personas intentando hacer trampa en este tipo de procesos; igualmente considero que es muy probable que algunas hayan tenido éxito. Lo que sí creo -además de que existen una serie de diferenciaciones sociales profundamente injustas en el actual sistema, que nada tienen que ver con el esfuerzo o la capacidad de los aspirantes- es que la narrativa se ha centrado en uno de los elementos de esta trampa.

Con la información que tenemos hasta ahora y especialmente, con la interpretación que la Universidad ha hecho hasta ahora de estos hechos, parecería que no nos encontramos ante una serie de casos aislados que aprovecharon de forma independiente debilidades del sistema, sino de un proceso si no generalizado, por lo menos si muy extendido en los aspirantes aprobados. Si la propia Universidad considera que las irregularidades alcanzaron una magnitud suficiente para poner en duda de manera general los resultados del examen, entonces debe aceptar también las consecuencias de esa interpretación. Un fenómeno de tal extensión difícilmente puede explicarse únicamente por iniciativas aisladas de las personas aspirantes. La hipótesis construida por la propia Universidad impide descartar la participación interna y vuelve injustificable que toda la responsabilidad se concentre en quienes presentaron el examen.

Por ello considero que en el fondo, existe una profunda injusticia en repetir el proceso. Así como existe también una profunda y brutal injusticia en haber utilizado ayudas de cualquier tipo -humanas o cibernéticas- para contestar el examen. Después de todo, en un sistema de acceso limitado, los beneficiados de hacer esto serían, nuevamente aquellos con más beneficios sociales: quienes pudieron pagar por el servicio, quienes tuvieron la posibilidad de entender qué iba a suceder, quienes se encontraban en los círculos adecuados donde la información fluía…

Al encontrarnos con dos injusticias de este tamaño: que la universidad culpe a los estudiantes en lugar de reconocer su propia participación y asumir una revisión estructural de un sistema obsoleto, por un lado, y que se haya perjudicado a estudiantes que creyeron en las reglas del concurso y se presentaron en desigualdad de condiciones frente a quienes tenían ayudas, por otro, tenemos que recordar que ninguna de las dos se resuelve cometiendo una tercera injusticia, como lo es repetir el examen. Considero además, que esta opción no sólo es moralmente inadecuada, sino que rompe con elementos jurídicos que hacen el antecedente muy peligroso.

La justificación de la universidad para realizar un segundo examen de admisión se ha construido a través de estrategias utilizadas en muchos momentos de la historia, nunca con buenos resultados. El primero de ellos es renombrar aquello que se hace para intentar presentar la idea de que no es algo que está prohibido. Cuando la universidad insiste en que no se trata de un nuevo examen de admisión, sino de una “prueba de control”, lo único que hace es cambiar el nombre, no lo que en realidad es. Esta prueba tendrá las características de un examen de admisión, seguirá el procedimiento, de un examen de admisión y tendrá los efectos de un examen de admisión. La razón por la que no le llaman así, es porque saben que jurídicamente no es un acto legalmente fundado. Y ello es preocupante, porque el día de mañana, otros funcionarios pueden decidir igualmente cambiarle el nombre a algo que no tienen permitido, para hacerlo.

Esta repetición constituye materialmente una sanción, aunque la Universidad la denomine “prueba de control”, porque impone a las personas aspirantes una nueva carga como consecuencia de la sospecha de una conducta irregular y condiciona la conservación de un resultado favorable ya obtenido. Su naturaleza jurídica tampoco depende del nombre que la autoridad decida darle, sino de sus causas, sus efectos y la afectación que produce en la esfera jurídica de quienes deben presentarla.

En un segundo momento, el problema de esta acción es que viola principios jurídicos claramente establecidos en nuestro sistema. Por un lado, establece una sanción no prevista en ningún reglamento, ley o documento normativo: la repetición de un examen de admisión. Por otro, rompe la presunción de inocencia pues asume como inicialmente culpable a los aspirantes y les exige realizar un procedimiento para demostrar que no es así. Igualmente, rompe con el principio de taxatividad, pues el procedimiento no se basa en una descripción explícita de las acciones sancionables. En la convocatoria se establecieron algunas, así como mecanismos que se utilizarían para detectarlas y comprobarlas. Pero la decisión de repetir el examen no se basa en ello, sino en una fórmula genérica que no puede invocarse para establecer una sanción pues es lo que se llama en términos técnicos una “cláusula abierta”, esto es, una frase colocada con la finalidad de poder sancionar cualquier cosa mediante interpretación. Finalmente, porque la sanción se establece de forma general, sin que exista una relación entre el caso concreto que se sanciona y la norma que prohíbe esa acción. No existe una argumentación que permita observar la razón por la que se ha decidido en un caso concreto, que ese caso es sancionable.

Como se ve, no estoy de acuerdo con la trampa. Por ello es que tampoco estoy de acuerdo con esta decisión. La Universidad se cubre a sí misma y culpa a los aspirantes mediante un mecanismo tramposo que busca problematizar de tal forma a los estudiantes, que la mayoría se presente y legitime la trampa que la Universidad realiza. Si nos oponemos a las trampas, no podemos apoyar tampoco esta decisión.

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