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SCJN permite preparar alimentos con cannabis para autoconsumo recreativo y mantiene restricciones

El fallo mantiene restricciones para consumir cannabis frente a menores y conducir vehículos bajo sus efectos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la autorización para el autoconsumo recreativo de cannabis también contempla la preparación de alimentos, como brownies y galletas, para uso personal.

El Pleno de la Corte aprobó este jueves, por siete votos contra dos, el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, con el que ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) expedir a un particular un permiso que reconozca expresamente esta posibilidad.

La resolución deriva de un recurso de inconformidad presentado por un particular, quien señaló que Cofepris había impuesto restricciones que excedían los alcances de la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018, emitida por la Corte en junio de 2021.

Aquella resolución eliminó la prohibición absoluta del consumo lúdico de cannabis y THC, aunque el caso analizado este jueves se concentró en los límites que la autoridad sanitaria estableció para el ejercicio de ese derecho.

La resolución mantiene restricciones para otros usos

Con su determinación, la Corte consideró que Cofepris se excedió al impedir la preparación de alimentos con cannabis para autoconsumo, pero mantuvo otras restricciones relacionadas con productos y situaciones que pueden representar riesgos para la salud o afectar a terceros.

Entre las limitaciones que permanecen se encuentra la incorporación de cannabis en medicamentos, remedios herbolarios y otros productos, además de su utilización en cigarrillos electrónicos, vaporizadores y dispositivos similares.

El fallo también conserva las restricciones para consumir cannabis frente a menores de edad, en lugares públicos sin consentimiento de terceros, al conducir vehículos o al operar maquinaria peligrosa.

El ministro Arístides Guerrero García sostuvo que la declaratoria de 2021 buscó garantizar el ejercicio efectivo de la libertad que había sido restringida. “La autoridad sanitaria debe otorgar las autorizaciones correspondientes en los términos definidos por esta Suprema Corte”, señaló durante la sesión.

Dos ministras votaron en contra de la propuesta. Yasmín Esquivel Mossa advirtió sobre los posibles riesgos de los alimentos con cannabis para terceros, particularmente para menores de edad.

Por su parte, la ministra María Estela Ríos González consideró que el proyecto ampliaba de manera incorrecta los efectos de la declaratoria general y recordó que el libre desarrollo de la personalidad tiene como límite no afectar a otras personas.

Fotografía: X

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