Como parte de un proceso judicial que podría redefinir la responsabilidad legal de las plataformas digitales, el director ejecutivo de Meta, Mark Zuckerberg, compareció ante un jurado civil en la Corte Superior de Los Ángeles en un juicio que pone bajo escrutinio el diseño mismo de las redes sociales y su impacto en menores de edad.
La demanda, considerada histórica en el ámbito tecnológico, no acusa a las empresas por los contenidos publicados por terceros, sino por presuntamente crear productos digitales concebidos para generar dependencia en niños y adolescentes.
El litigio gira en torno al caso de una joven identificada como K.G.M., conocida en el proceso como “Kaley”, quien sostiene que su exposición temprana —entre los seis y nueve años— a plataformas como Instagram y YouTube derivó en daños severos a su salud mental, incluyendo depresión clínica, ansiedad e ideación suicida.
Kaley es el llamado “caso testigo” dentro de un bloque de aproximadamente mil 600 demandas similares que aguardan resolución en distintos tribunales de Estados Unidos. El fallo del jurado podría sentar un precedente para el resto de los expedientes.
La acusación, encabezada por el abogado Mark Lanier, sostiene que las plataformas funcionan como “casinos digitales” que emplean mecanismos diseñados para maximizar el tiempo de permanencia. Entre las herramientas señaladas se encuentran el desplazamiento infinito, notificaciones intermitentes y filtros de modificación estética.
Durante el juicio se exhibieron correos internos de 2019 en los que directivos advertían que ciertos filtros de apariencia física podían fomentar dismorfia corporal en niñas. Según la parte demandante, pese a las alertas, la empresa optó por mantener activas esas funciones ante la competencia creciente de aplicaciones como TikTok.
En su declaración, Zuckerberg reconoció que los sistemas de verificación de edad no han sido perfectos y lamentó que durante años no se identificara con eficacia a usuarios menores de 13 años. Sin embargo, negó categóricamente que las plataformas hayan sido diseñadas con la intención de explotar la vulnerabilidad psicológica infantil.
El empresario defendió que la compañía ha invertido en herramientas de seguridad y controles parentales, y argumentó que el uso problemático de redes sociales es un fenómeno complejo que involucra múltiples factores.

El debate sobre la Sección 230
Uno de los puntos centrales del proceso es el intento de los demandantes por sortear la protección que brinda la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, normativa que históricamente ha blindado a las plataformas frente a demandas por el contenido publicado por usuarios.
Al presentar el caso como un problema de “producto defectuoso”, equiparable a demandas contra automotrices o tabacaleras por daños derivados de su fabricación, los abogados buscan abrir la puerta a nuevas formas de responsabilidad corporativa en la economía digital.
De prosperar la demanda, el fallo podría transformar el marco jurídico bajo el cual operan las grandes tecnológicas y redefinir la discusión global sobre salud mental, infancia y regulación de redes sociales.
Fotos: X













