El Tribunal Superior de Bogotá revocó la condena por soborno contra el expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez, quien había sido sentenciado en primera instancia en agosto pasado a 12 años de prisión domiciliaria.
Según lo determinado por los magistrados, la Fiscalía General de la Nación no logró acreditar que Uribe hubiera actuado como determinador en los presuntos sobornos ofrecidos a exparamilitares, entre ellos Carlos Enrique Vélez Ramírez. El análisis de las pruebas, según lo indicó el Tribunal, no permitió establecer con certeza que existiera una intención directa por parte del exmandatario para inducir a terceros a incurrir en actos ilegales.
Además, la Sala señaló errores en la valoración de la evidencia presentada durante el juicio inicial, lo que debilitó el fundamento jurídico de la condena anterior. Esta decisión también se aplicó a los casos de otros dos testigos clave: Eurídice Cortés Velasco, alias “Diana”, y Juan Guillermo Monsalve, cuyo testimonio fue considerado esencial en la investigación por soborno en actuación penal.
Hasta el momento, la decisión del Tribunal solo se ha referido a los delitos relacionados con el soborno. Aún se espera un pronunciamiento oficial sobre las otras acusaciones por fraude procesal, que también hacen parte del expediente que involucra a Uribe.
Uribe, quien fue presidente de Colombia entre 2002 y 2010, se había convertido en agosto en el primer exjefe de Estado del país en recibir una condena penal en primera instancia. La sentencia original lo responsabilizaba por supuestamente haber liderado una red de manipulación de testigos que buscaba desacreditar las acusaciones en su contra, especialmente aquellas relacionadas con su presunto vínculo con el Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
En esa condena inicial, se le impuso una pena de 12 años de detención domiciliaria, una multa millonaria y la inhabilidad para ejercer funciones públicas por más de ocho años. Sin embargo, la reciente decisión judicial modifica sustancialmente su situación legal.
El Tribunal actuó con celeridad debido a que el caso se encontraba próximo a la prescripción, la cual habría impedido cualquier condena definitiva si no se resolvía antes del 16 de octubre. Aunque Uribe renunció expresamente a ese beneficio, el proceso fue resuelto el 15 de octubre, un día antes del vencimiento del plazo, disipando así cualquier incertidumbre procesal.
Durante parte del proceso, Uribe estuvo bajo detención domiciliaria en su finca en Rionegro, Antioquia. Posteriormente, recuperó su libertad tras una decisión de la Corte Suprema de Justicia, mientras continuaba la apelación.
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