El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, bajo la dirección de la jueza Moira Fullana, declaró inconstitucionales los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, una medida impulsada por el gobierno de Javier Milei que pretendía limitar el derecho a huelga. Esta resolución judicial representa una nueva victoria para la Confederación General del Trabajo (CGT), que había presentado un amparo para frenar la ampliación de las actividades consideradas esenciales, y la creación de una categoría llamada «servicios trascendentales», que obligaba a mantener un alto nivel de funcionamiento gremial durante las huelgas.
La magistrada fundamentó su fallo en que el Poder Ejecutivo carecía de justificación de urgencia o emergencia para emitir el decreto, ya que el Congreso Nacional se encontraba activo y en funciones, lo que hace que la norma carezca de validez. Este argumento invalida la decisión presidencial, que intentaba legislar sin la intervención del Parlamento, algo que la Constitución prohíbe expresamente.
Desde la CGT y otros sectores sindicales se había denunciado que el decreto atentaba contra el derecho constitucional a la huelga y vulneraba principios fundamentales establecidos en la Constitución Nacional, como el artículo 14 bis, además de contravenir convenios internacionales como el 87 de la OIT y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La sentencia judicial reconoció estas preocupaciones y rechazó los argumentos oficiales que defendían el DNU, incluyendo la postura de que la Corte Suprema debía pronunciarse previamente sobre el tema.
Este fallo no solo anula una medida específica del gobierno sino que también establece un precedente importante sobre los límites que tiene el Poder Ejecutivo para legislar en materia laboral mediante decretos. El DNU 340/2025 formaba parte de una reforma más amplia que buscaba modificar la Ley 25.877 e incluía, entre otros puntos, la consideración de la Marina Mercante como un servicio esencial.
El dictamen fue celebrado por la CGT y las organizaciones sindicales de la CTA, quienes valoraron la decisión judicial como una defensa contundente de los derechos laborales y una reafirmación de la división de poderes en Argentina.
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