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Entre libertad editorial y opacidad informativa, TV Azteca impugna ante la Suprema Corte norma que exige distinguir noticias de simples opiniones

La resolución podría fijar un precedente sobre transparencia informativa y derechos de las audiencias

TV Azteca abrió un nuevo frente legal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra una disposición de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión que obliga a los concesionarios a diferenciar entre información noticiosa y opiniones. La televisora de Ricardo Salinas Pliego busca tumbar una regla vinculada con el derecho de réplica y la transparencia frente a las audiencias.

El caso fue admitido por la Corte y turnado al ministro Irving Espinosa Betanzo, quien deberá elaborar un proyecto de resolución para que posteriormente sea discutido por el Pleno. La controversia gira en torno al artículo 250, fracción V, de la legislación promulgada en julio de 2025, que establece obligaciones para distinguir con claridad entre noticia y opinión en radio y televisión.

TV Azteca sostiene que dicha medida es inconstitucional porque, según su argumento, vulnera las libertades de expresión e información previstas en los artículos 6 y 7 de la Constitución. La empresa acusa que la norma impone una carga adicional a los medios y limita su libertad editorial, pese a que el objetivo de la disposición es ofrecer mayor claridad a la ciudadanía sobre el tipo de contenido que consume.

El litigio comenzó el 27 de agosto de 2025, cuando la televisora promovió un amparo contra la nueva disposición. Aunque inicialmente un juzgado desechó la demanda, un tribunal colegiado revocó esa decisión y ordenó admitir el juicio. Posteriormente, el asunto fue sobreseído porque la autoridad reguladora aún no estaba plenamente integrada al momento de la impugnación.

Inconforme, TV Azteca interpuso un recurso de revisión en febrero de 2026, mientras que la Presidencia de la República presentó una revisión adhesiva en marzo. El caso escaló hasta la Suprema Corte luego de que un tribunal colegiado solicitó atraer el asunto, petición que fue aceptada el 15 de junio.

La eventual resolución del máximo tribunal podría fijar un precedente sobre los alcances del derecho de réplica y las obligaciones de los concesionarios en materia informativa. En el fondo, el caso abre una discusión mayor: si una televisora puede presentar como libertad editorial su resistencia a separar con claridad los hechos comprobables de las opiniones transmitidas a millones de personas.

Foto: Redes

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