Ciudad de México, 25 de junio de 2025 — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la condena civil contra Luis de Llano Macedo, productor musical que abusó de Sasha Sokol cuando ella tenía apenas 14 años. Además de obligarlo a indemnizar a la víctima, el fallo establece un precedente histórico: las denuncias por abuso sexual infantil ya no prescribirán en la vía civil cuando no fue posible actuar penalmente.
Con votación unánime, la Primera Sala de la SCJN determinó que en este tipo de delitos no puede aplicarse la figura de la prescripción, pues ello viola el derecho de las víctimas a la justicia y la reparación del daño. El fallo ratifica que los efectos del abuso sexual en la infancia no desaparecen con el tiempo, y que muchas víctimas guardan silencio durante años por miedo, manipulación o trauma.
La sentencia, redactada por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, también validó el uso de perspectiva de género, al señalar que en este tipo de casos no se requiere prueba directa si existen indicios sólidos de que el agresor tuvo una relación de poder y control sobre la víctima.
La resolución da carácter definitivo a la sentencia emitida en 2023 por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que obligó a De Llano a:
- Ofrecer una disculpa pública a Sasha Sokol
- Realizar un curso de sensibilización sobre violencia sexual
- Cubrir una indemnización económica por daño moral
Luis de Llano impugnó la resolución, alegando supuestos errores procesales y la prescripción del caso. Sin embargo, la Corte desestimó todos sus argumentos y afirmó que proteger a los agresores mediante tecnicismos legales vulnera a las víctimas y perpetúa la impunidad.
Un parteaguas para las víctimas de abuso
Este fallo sienta un precedente que beneficiará a miles de sobrevivientes de abuso sexual infantil en México. A partir de ahora, quienes no pudieron denunciar a tiempo por razones de fuerza mayor, podrán acudir a la justicia civil sin importar cuánto tiempo haya pasado.
Sasha Sokol denunció públicamente en 2022 que su relación con De Llano comenzó cuando ella tenía 14 años y él 39. Tras el fallo de la SCJN, expresó que, aunque ninguna sentencia puede borrar el daño, se siente satisfecha de que su caso abra las puertas a otras víctimas que aún no han podido alzar la voz.
Lo que cambia con esta sentencia
- Ya no prescriben las demandas civiles por abuso sexual infantil si no fue posible iniciar una acción penal.
- Se reconoce que el silencio de las víctimas no debe interpretarse como olvido, sino como consecuencia del trauma.
- Se valida el uso de perspectiva de género y análisis estructural del poder en casos de abuso.
- Abre la posibilidad de indemnizaciones y disculpas públicas obligatorias incluso décadas después del crimen.