En un paso más hacia la regulación laboral en el entorno digital, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones de carácter general para el cálculo del ingreso neto de personas trabajadoras que prestan servicios a través de plataformas digitales.
Entre los elementos centrales del nuevo marco normativo, la STPS aclara que los vehículos utilizados por los trabajadores —ya sean automóviles, motocicletas o bicicletas— no serán considerados herramientas de trabajo del empleador, y por tanto no podrán usarse para reducir el ingreso base del trabajador. Esto significa que los gastos derivados del uso de estos vehículos no serán trasladables a la contabilidad patronal.
La regulación también incorpora factores de exclusión al ingreso, según el tipo de vehículo y el nivel de ingresos generados:
- 36% para automóviles y vehículos de cuatro o más ruedas, de combustión o eléctricos.
- 30% para motocicletas y vehículos de dos ruedas motorizados.
- 12% para bicicletas o trabajadores sin medio de transporte propio.
Durante los primeros tres meses tras la entrada en vigor, se aplicarán porcentajes reducidos a manera de esquema transitorio:
- 60% para vehículos de cuatro ruedas.
- 50% para motocicletas.
- 15% para bicicletas o sin transporte.
Este modelo progresivo será evaluado al cierre del periodo transitorio y, en su caso, ajustado. Sin embargo, los porcentajes definitivos deberán aplicarse a más tardar el 1 de enero de 2026, según lo estipulado por la Secretaría.
Además del cálculo de ingresos, el instrumento establece dos nuevas obligaciones para las empresas:
- Conservación documental: Las empresas estarán obligadas a conservar y proporcionar información detallada sobre ingresos, exclusiones y pagos, para facilitar la supervisión de condiciones laborales por parte de la autoridad.
- Regulación de flotillas: Cualquier esquema de arrendamiento de vehículos con conductor se considerará una relación civil, salvo que el prestador esté registrado en el REPSE. En ese caso, los conductores deberán estar dados de alta en el sistema de seguridad social sin excepción.
La STPS señaló que esta publicación forma parte de la implementación gradual de la reforma laboral en plataformas digitales, una iniciativa del Gobierno de México para garantizar derechos laborales, transparencia y condiciones dignas a los trabajadores del sector.
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