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Salinas Pliego queda libre de sanción por acusaciones de violencia política de género contra Layda Sansores

La denuncia surgió por publicaciones ofensivas en redes sociales hechas por Salinas Pliego

En una resolución que ha generado diversas reacciones, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó no continuar con el procedimiento sancionador que había sido iniciado contra el empresario Ricardo Salinas Pliego, tras una denuncia presentada por la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román.

El órgano electoral consideró que los señalamientos realizados por Salinas Pliego no tenían relación con un contexto electoral, por lo cual no correspondía al Tribunal Electoral atender el caso. Esta postura fue respaldada por la mayoría de los magistrados, quienes concluyeron que el fondo de la denuncia no se vinculaba directamente con derechos político-electorales ni con procesos comiciales, lo que dejó fuera de su jurisdicción el asunto.

La denuncia tuvo origen en una serie de publicaciones hechas en la red social X (antes Twitter), en las que el empresario utilizó calificativos ofensivos hacia la mandataria estatal, atacando principalmente su aspecto físico y utilizando términos peyorativos. Si bien estos mensajes fueron ampliamente criticados por distintos sectores, el Tribunal concluyó que no había elementos suficientes para sostener una posible violencia política en razón de género dentro del ámbito electoral.

Cabe señalar que previamente, el Instituto Electoral de Campeche había determinado que sí existían indicios para iniciar un procedimiento contra Salinas Pliego, el cual fue confirmado por el Tribunal Electoral local. Sin embargo, al escalarse el caso a nivel federal, la propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, que apuntaba a sostener la competencia de las autoridades locales y validar su resolución, no fue respaldada por la mayoría de los integrantes de la Sala Superior.

Ricardo Salinas Pliego ha sido señalado en diversas ocasiones por su estilo confrontativo en redes sociales, particularmente hacia figuras políticas con las que mantiene diferencias. En este caso, los magistrados optaron por no considerar que sus expresiones se enmarcaban en violencia política de género, al no encontrarse pruebas suficientes que vincularan sus comentarios con un intento de limitar o menoscabar los derechos político-electorales de la gobernadora.

Foto: Redes

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