TEPJF valida la Elección Judicial ante la controversia de los acordeones

Tres de los cinco magistrados argumentaron que las pruebas presentadas no eran suficientes para anular los comicios

CDMX, 20 DE AGOSTO DE 2025. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la noche de este miércoles la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desestimando las impugnaciones que denunciaban el uso masivo de “acordeones” durante la jornada electoral. Con una votación mayoritaria de tres a dos, la Sala Superior confirmó la decisión, argumentando que las pruebas presentadas no eran suficientes para anular los comicios ni para acreditar una estrategia organizada que afectara de manera determinante la voluntad del electorado.



Desestimación de las pruebas presentadas


La magistrada presidenta, Mónica Soto Fregoso, sostuvo que los expedientes del magistrado ponente, Reyes Rodríguez Mondragón, carecían de “validez probatoria”. Fregoso argumentó que los “acordeones” hallados, los cuales fueron descritos como nuevos y empaquetados, no podían demostrar que hubieran sido usados para violentar los derechos constitucionales de los votantes. La presidenta del tribunal criticó la suposición de que el electorado se dejó manipular por estas guías, calificándola de una actitud “retrógrada” y ajena a la libre decisión ciudadana en las urnas.

La decisión de los magistrados mayoritarios se basó en la falta de pruebas contundentes sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la presunta estrategia, así como en la ausencia de evidencia de que los ciudadanos hubieran acatado dichas instrucciones. El debate, que se extendió por casi cinco horas, se centró en la exigencia de pruebas concretas frente a lo que consideraron «simples sospechas» e «inferencias«. La postura mayoritaria fue que anular una elección requiere de evidencia fehaciente, no de un simple cúmulo de indicios.



Precedente y contexto jurídico


Este fallo se enmarca en un contexto donde el TEPJF ha desestimado 156 casos previos relacionados con el uso de “acordeones” en diversas elecciones. Los magistrados que promovieron la nulidad, Reyes Rodríguez y Janine Otálora, sostuvieron la existencia de una estrategia nacional para influir en la votación. No obstante, la mayoría decidió no dar vista al Instituto Nacional Electoral (INE) para una investigación, cerrando así la posibilidad de un análisis más profundo sobre la presunta red de coacción al electorado.

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