La figura de revocación de mandato en Puebla aplicará únicamente para el gobernador del estado y podrá ser solicitada por la ciudadanía a partir del cuarto año de la actual administración, es decir, hasta 2028.
Así lo establece la iniciativa de revocación de mandato presentada ante el Congreso del Estado, la cual contempla la modificación de cinco artículos de la Constitución Política de Puebla y fue presentada por resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
De acuerdo con la propuesta, en caso de aprobarse, la revocación de mandato podrá ser solicitada por la ciudadanía a partir de 2028, y será el Instituto Electoral del Estado (IEE) el encargado de organizar el proceso.
Para que esto ocurra, se deberán recabar firmas equivalentes al 10 por ciento de la lista nominal en al menos 110 de los 217 municipios que conforman el estado, y la solicitud deberá presentarse entre diciembre de 2027 y febrero de 2028.
Posteriormente, el IEE revisará la solicitud en un plazo de 30 días y, en caso de que proceda, emitirá la convocatoria correspondiente.
Si se lleva a cabo el proceso de revocación de mandato, la iniciativa establece que, para que el resultado sea vinculante, será obligatoria la participación del 40 por ciento del padrón nominal de Puebla.
La propuesta prohíbe el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como para la promoción del proceso. También estará prohibida la contratación de propaganda en radio y televisión con el fin de influir en la ciudadanía.
En caso de realizarse una consulta de revocación de mandato, el gobierno de Puebla deberá suspender toda propaganda institucional.
Es importante recordar que la revocación de mandato es un ejercicio de participación ciudadana que permite decidir sobre la continuidad de un funcionario en su cargo. En este caso, aplicará únicamente para el gobernador de Puebla.
Se espera que la propuesta sea votada en el Congreso del Estado y pueda ser aprobada durante una sesión ordinaria antes de que finalice el año.
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