SCJN declara imprescriptible el caso Guardería ABC y exhibe omisiones del modelo privatizador de Felipe Calderón

La resolución se dio tras el amparo promovido por un exfuncionario del IMSS vinculado al caso

A 17 años del incendio en la Guardería ABC, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la acción penal por los delitos derivados de esta tragedia no prescribe, por lo que las investigaciones y eventuales sanciones podrán continuar sin que el paso del tiempo cierre la puerta a la justicia.

La resolución representa un nuevo giro en uno de los casos más dolorosos del país: el incendio ocurrido el 5 de junio de 2009 en Hermosillo, Sonora, durante el sexenio de Felipe Calderón. La tragedia dejó 49 niñas y niños fallecidos y más de un centenar de personas lesionadas, en medio de señalamientos por omisiones, fallas de supervisión y un modelo de guarderías subrogadas al sector privado.

El criterio fue discutido a partir del amparo promovido por Sergio Antonio Salazar Salazar, exdirector de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS entre 2006 y 2009, quien buscaba dejar sin efecto su vinculación a proceso al argumentar que los delitos de homicidio y lesiones culposas por omisión ya habían prescrito. La Corte rechazó esa ruta y sostuvo que, frente a graves violaciones de derechos humanos contra niñas y niños, la prescripción resulta inadmisible.

Durante la sesión, ministras como María Estela Ríos y Lenia Batres colocaron el caso en un debate más amplio sobre el papel del Estado. Ambas señalaron que la tragedia no puede separarse del modelo neoliberal de subrogación y privatización de servicios de cuidado infantil, impulsado y sostenido durante gobiernos panistas, incluido el de Felipe Calderón.

Ese señalamiento vuelve a poner bajo la lupa el sexenio calderonista, no sólo por la tragedia en sí, sino por el esquema que permitió que un servicio de alta responsabilidad pública operara bajo mecanismos privados y con supervisión deficiente. La Guardería ABC se convirtió desde entonces en símbolo de una política que debilitó la obligación del Estado de proteger a la infancia y abrió paso a una cadena de negligencias.

La Corte también ordenó devolver el expediente al Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito para que emita una nueva resolución conforme al criterio de imprescriptibilidad y revise el resto de los argumentos presentados por el exfuncionario. La determinación no establece culpabilidad definitiva, pero sí impide que el caso sea cerrado por el simple paso de los años.

Para las familias de las víctimas, el fallo mantiene viva la exigencia de verdad, justicia y sanción a quienes tuvieron responsabilidad en las omisiones que derivaron en la tragedia. A 17 años del incendio, la resolución de la Corte golpea la impunidad que por años rodeó al caso y reabre el debate sobre las consecuencias del modelo de guarderías subrogadas durante el calderonismo.

Foto: Redes

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