Una propuesta de reforma a la Ley de Voluntad Anticipada en Puebla busca garantizar que la decisión de pacientes en fase terminal no pueda ser revocada por familiares. Con ello, se pretende reforzar el derecho de las personas a determinar el tipo de atención médica que desean recibir en la etapa final de su vida.
El planteamiento establece que, cuando una persona haya expresado su voluntad en pleno uso de sus facultades mentales para no someterse a tratamientos que prolonguen artificialmente su vida, dicha decisión deberá mantenerse firme, incluso si con el tiempo pierde la capacidad de manifestarla nuevamente. Así, se busca evitar que terceros intervengan o modifiquen esta determinación.
La iniciativa señala que la única posibilidad de revertir la voluntad anticipada recaería exclusivamente en el propio paciente, siempre que exista una mejora comprobable en su estado de salud y con base en criterios médicos que acrediten su recuperación. Este punto busca dar certeza jurídica y evitar interpretaciones externas en momentos de vulnerabilidad.
La reforma se enmarca en la legislación vigente desde 2024, cuando en Puebla se reconoció la voluntad anticipada —también conocida como ortotanasia— como un mecanismo legal que permite a las personas rechazar tratamientos médicos que únicamente prolonguen la vida sin mejorar su condición. Este derecho incluye la posibilidad de optar por cuidados paliativos y designar a un representante que haga cumplir esa decisión.
En este contexto, es importante distinguir esta figura de la eutanasia desde un enfoque médico-legal. La voluntad anticipada u ortotanasia se refiere al derecho del paciente a rechazar intervenciones terapéuticas extraordinarias o desproporcionadas —como ventilación mecánica o soporte vital— cuando solo prolongan el proceso de muerte, priorizando cuidados paliativos para evitar sufrimiento.
En contraste, la eutanasia implica una acción médica directa destinada a provocar la muerte del paciente mediante la administración de fármacos con ese propósito, lo cual no está permitido por la legislación vigente en Puebla. Esta diferencia resulta clave para comprender que la reforma busca proteger la autonomía del paciente sin modificar el marco legal sobre prácticas prohibidas.
Asimismo, uno de los vacíos que se busca atender es la posibilidad de que familiares o terceros influyan en la ejecución de la voluntad del paciente. En ese sentido, la iniciativa plantea fortalecer la autonomía individual y asegurar que la decisión tomada previamente sea respetada sin modificaciones externas, incluso en escenarios donde el paciente ya no pueda comunicarse.
La propuesta fue presentada en el Congreso local y turnada a comisiones para su análisis. En ese contexto, el diputado Julio Huerta Gómez ha señalado que el objetivo es brindar certeza a las personas sobre el respeto de su decisión, sin que esto implique cambios en la legislación sobre eutanasia, al tratarse de conceptos distintos dentro del ámbito legal y médico.
Actualmente, la iniciativa será revisada en su alcance y posibles implicaciones antes de ser discutida en el pleno. De avanzar, representaría un ajuste relevante en la forma en que se protege el derecho de las personas a decidir sobre su vida y su atención médica en condiciones de enfermedad terminal.
Ilustración: Iván Rojas













