Nay Salvatori se equivoca sobre destitución del síndico en Cholula: proceso exige voto del Pleno, no de comisiones

El abogado Aldo Cortés aclara que la destitución del síndico debe resolverse en el Pleno del Congreso, no en comisiones.

En medio del conflicto político que sacude al municipio de San Pedro Cholula, donde el Cabildo aprobó solicitar la remoción del síndico Iván Cuautle, la diputada local Nay Salvatori se sumó al debate… para exhibir su ignorancia.

La legisladora afirmó que el proceso de análisis y discusión sobre la posible destitución del síndico “no necesariamente debe darse en el Pleno del Congreso”, sino que podría resolverse desde comisiones legislativas.

Una declaración equivocada y jurídicamente insostenible.

El abogado constitucionalista Aldo Cortés explicó en entrevista que Salvatori se equivoca: la remoción de un integrante del Ayuntamiento por parte del Congreso del Estado exige el voto de las dos terceras partes del Pleno, tal como lo establecen el artículo 155 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 57 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla.

“La destitución de un síndico municipal no puede resolverse en lo oscurito, ni en comisiones, ni a través de maniobras políticas. Es un acto jurídico de gran calado, que debe pasar por el Pleno del Congreso con el aval calificado de sus integrantes”, detalló Cortés.

Análisis jurídico: un proceso excepcional y sin precedentes

El proceso de remoción de un síndico no es automático ni común. Debe iniciarse con una solicitud debidamente fundada por el Cabildo, que remite el expediente al Congreso del Estado. Posteriormente, la Legislatura debe garantizar el derecho de audiencia y defensa del implicado, y sólo después de ello se puede discutir la procedencia de la remoción.

El Congreso, conforme al artículo 57, fracción XXI de la Constitución de Puebla, tiene la facultad de remover a los miembros de los Ayuntamientos por causas graves, pero únicamente mediante el voto de las dos terceras partes del Pleno.

“No existe en la historia reciente del Congreso de Puebla un solo antecedente en el que se haya destituido únicamente al síndico municipal. Es un procedimiento excepcional, que requiere de argumentos jurídicos sólidos y una votación calificada del Pleno”, señaló Cortés.

Un conflicto con fondo político

El síndico Iván Cuautle ha denunciado que la alcaldesa Tonantzin Fernández lo busca remover porque “estorba a sus intereses económicos”. En respuesta, el Cabildo—presuntamente alineado con la presidenta municipal—solicitó al Congreso iniciar su destitución.

En ese contexto, la declaración de Nay Salvatori minimiza la gravedad del proceso y desinforma a la ciudadanía. Peor aún: refleja una profunda ignorancia sobre el funcionamiento constitucional del Congreso local.

Lo cierto es que el Congreso de Puebla está obligado a seguir un proceso riguroso, respetar el debido proceso del funcionario acusado y votar en Pleno cualquier decisión que implique la destitución de un miembro electo democráticamente por el pueblo de Cholula.

La ligereza con la que Nay Salvatori intenta reducir un acto tan delicado a un mero trámite de comisiones, no sólo es errónea, sino peligrosa para el marco constitucional y el equilibrio de poderes municipales.

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