CIUDAD DE MÉXICO, 6 DE AGOSTO DE 2025. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha resuelto conceder un amparo a Lorenzo Córdova Vianello, expresidente del Instituto Nacional Electoral (INE), en una decisión que protege su imagen de ser incluida en futuras ediciones de los libros de texto gratuitos de la Secretaría de Educación Pública (SEP).
Este amparo se deriva de un episodio de 2015, donde Córdova Vianello, en una llamada telefónica privada, se burló de las autoridades de los pueblos originarios con quienes se había reunido.
En la llamada, sostenida entre Lorenzo Córdoba y el entonces asesor del INE Edmundo Jacobo por casi dos minutos, Córdoba refiere: ‘‘Ya le di asesoría a los de los pueblos indígenas’ , a lo que Edmundo Jacobo lo congratula: «¡Eso, carajo!».
Ya «en pleno vuelo», Córdova Vianello recapitula así el encuentro:
No mames, cab… desde las dramáticas reuniones con los padres de Ayotzinapa hasta esto, cabrón, que es… a ver: había un, no mames, no voy a mentir, ¿eh?, y te voy a decir cómo hablaba ese cabrón. Hubo uno que me decía: ‘Yo jefe gran nación chichimeca, vengo Guanajuato, yo decir a ti o diputados para nosotros o yo no permitir tus elecciones’. Cuando te estoy diciendo… Se ve que este güey yo no sé si sea cierto que hable así, cabrón, o vio mucho Llanero solitario, con eso de Toro, cabrón. No mames, sólo le faltó decir: ‘Yo gran jefe Toro Sentado, líder gran nación chichimeca’. No mames, cab, está de pánico, cabrón. O acabamos muy divertidos o acabamos en el siquiatra de aquí, cabrón.
Así caracterizó el habla de los hablantes no originarios del español el entonces Secretario Genera del INE .
El derecho al honor frente a la libertad de cátedra
El fallo de la Corte establece que la inclusión de este incidente en los libros de texto, sin un contexto completo y equilibrado, vulnera el derecho al honor y a la reputación del exfuncionario. El ministro ponente del caso, Javier Laynez Potisek, argumentó que el fragmento utilizado en el material educativo era parcial, sacado de contexto y carecía de relevancia pedagógica, presentando a Córdova como un «ejemplo negativo» ante los estudiantes de primaria. La decisión de la Segunda Sala, que llegó después de un empate inicial y fue resuelta por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, ordena a la SEP retirar la mención de Córdova de los libros en cuestión.
Los criterios de la Corte se basaron en la protección de los derechos humanos de Córdova, al considerar que la divulgación del audio, producto de una intervención ilegal a sus comunicaciones privadas, no justificaba el menoscabo a su imagen. Aunque los libros de texto buscaban promover la no discriminación, el tribunal determinó que la forma en que se presentó la información constituía una descalificación personal desproporcionada que afectaba su trayectoria. La resolución, aunque defiende el derecho al honor de una figura pública, ha generado debate sobre el equilibrio entre la libertad de cátedra y el derecho a la imagen y reputación de los individuos.
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