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Milei, el incapaz

Milei es intelectual y éticamente incapaz de gobernar Argentina… pero es casi imposible que afronte un juicio político

Argentina se aproxima inexorablemente a sus elecciones presidenciales y algunos en la oposición insisten en no naturalizar la peculiar condición de su presidente. José Mayans, senador formoseño y vicepresidente primero del Partido Justicialista, expresó con una crudeza total la situación del presidente argentino Javier Milei:
Está totalmente ido el presidente, muchachos. Está totalmente ido, entiendan eso. Hay que hacerle una pericia psiquiátrica al presidente. No puede estar diciendo las cosas que dice; hay insania sobreviniente. Establece la Constitución insania sobreviniente, y el presidente tiene ese problema, y están preocupados por eso: porque el presidente no coordina su acción. Y dice cualquier cosa y tiene que actuar con luz negra para que no se le vean los problemas que tiene”.

No le falta razón. El senador Mayans no se equivoca en su consideración general, pero sí merece la pena apuntar con claridad el escenario que está dibujando. Según el artículo 88 de la Constitución de la Nación Argentina, si el jefe de Estado atraviesa una enfermedad que le impide temporal o permanentemente ejercer sus funciones, o si sufre una inhabilidad para ello, ha de ser la vicepresidenta la que ocupe su posición.

Está claro que Milei merece un final similar al de Abdalá Bucaram, declarado “incapaz mental para gobernar” por el Congreso Nacional de Ecuador en 1997. Pero no queda en absoluto claro quién determinaría en Argentina su condición de inhábil mental, ni qué órgano médico debe esclarecerlo, ni bajo qué protocolo, ni dónde está la línea que traspasa la inhabilidad moral e intelectual –que desde el primer día de su mandato ha mostrado con holgura el presidente Milei– de la incapacidad objetiva, psiquiátrica y médica.

En cualquier caso, la herramienta siempre presente es la del juicio político, defendida también por el senador anteriormente. La incapacidad de Javier Milei para continuar ejerciendo el rol de presidente de la República Argentina es difícilmente demostrable en términos constitucionales, principalmente por la propia ambigüedad del texto. Pero nada impide que esa misma incapacidad se constituya como argumento central de un juicio político contra el jefe de La Libertad Avanza.

Según el art. 88 de la Constitución Argentina, si el jefe de Estado atraviesa una enfermedad que le impide temporal o permanentemente ejercer sus funciones, o si sufre una inhabilidad para ello, ha de ser la vicepresidenta la que ocupe su posición

La oposición podría, en efecto, hacer uso de los artículos 53, 59 y 60. En este sentido, Milei podría sufrir este procedimiento “por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones”; sería declarado culpable si así lo ratifican “dos tercios de los miembros presentes” y quedaría declarado “incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo en la Nación”.

Así pues, el eje de la estrategia de juicio político sería postular que la incapacidad intelectual y moral –e incluso psiquiátrica, si bien esta última sería una especulación no probada– empuja al presidente a un “mal desempeño”. Su participación protagónica en la criptoestafa internacional $LIBRA podría complementar la acusación por cuanto se consideraría al presidente culpable de un “delito en el ejercicio de sus funciones”.

Difícilmente va Javier Milei a someterse a una pericia psiquiátrica motu proprio, pero tampoco es ese el escenario buscado, por cuanto no hay opciones realistas de aplicar de forma directa el artículo 88. Al contrario, lo que sí podría hacerse es establecer una suerte de junta médica independiente que trate de elaborar un informe consultivo –que no sería, por definición, un diagnóstico– lo suficientemente claro como para que sea utilizado en el Congreso de la Nación como pilar argumental del juicio político.

¿Y cómo sería? En primer lugar, dos tercios de los miembros presentes en la Cámara de Diputados deberían formular la acusación. De lograrse esta cifra, entonces Javier Milei sería formalmente acusado, pero corresponde al Senado declararle culpable o inocente. Allí, también dos tercios de los miembros presentes deben coincidir en favor del juicio político y, de ser así, el presidente sería formalmente destituido de su cargo.

En realidad, el escenario político inmediato en caso de un juicio político exitoso contra Javier Milei no es muy halagüeño para la oposición. En principio, Victoria Villarruel asumiría a todos los efectos la jefatura del Estado y del Gobierno hasta el final del mandato en 2027.

Si el juicio político fuese contra ambos, presidente y vicepresidenta, y si ambos fuesen declarados culpables por el Congreso de la Nación, asumiría temporalmente el Presidente Provisorio del Senado, y correspondería al Congreso elegir un nuevo presidente entre los senadores nacionales, los diputados nacionales y los gobernadores provinciales.

El escenario político inmediato en caso de un juicio político exitoso contra Javier Milei no es muy halagüeño para la oposición

Los números para un juicio político no dan. Podría haber sido una opción a inicios de 2025, tras conocerse el caso $LIBRA. En aquel momento, el oficialismo contaba con una situación de mayor debilidad en el poder legislativo. Hoy sería necesario que la oposición, los dialoguistas, los aliados y al menos una decena de diputados de La Libertad Avanza votasen a favor en el Congreso; en el Senado, la situación sería ligeramente más sencilla: con los votos de la oposición, de los dialoguistas y de la mitad de los aliados del PRO y sus adláteres.

En cualquier caso, el peronismo no se equivoca al exigir un juicio político contra Javier Milei, $LIBRA, los desmanes en su política exterior y la evidente –y, cabe decir, deteriorada en los últimos meses– inhabilidad intelectual y moral para ejercer la presidencia es motivo más que suficiente para mover la ventana de Overton. Es probable que no prospere la estrategia y que Milei culmine su mandato; también es probable, y completamente lógico, que si Milei busca la reelección en 2027, lo haga teniendo que responder por todos los hechos que, en condiciones normales, habrían garantizado su enjuiciamiento político.

Fotografía: Diario Red

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