El Gobierno de México presentó una iniciativa para homologar la investigación y las sanciones por feminicidio en las 32 entidades del país, con penas de entre 50 y 70 años de prisión. La propuesta fue firmada este miércoles 15 de julio por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y será enviada al Congreso de la Unión para su análisis durante el periodo legislativo que comenzará en septiembre.
La Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio busca establecer criterios obligatorios para las fiscalías estatales, desde la apertura de las carpetas de investigación hasta la recolección de pruebas y la persecución penal. El propósito es evitar que las muertes violentas de mujeres sean clasificadas inicialmente como suicidios, homicidios u otros delitos.
La presidenta Claudia Sheinbaum explicó que la reforma pretende avanzar hacia la cero impunidad y garantizar que todas las fiscalías investiguen los feminicidios bajo los mismos procedimientos. Recordó que previamente se modificó la Constitución para permitir la creación de una legislación general y destacó que esa reforma obtuvo el respaldo de todas las fuerzas políticas representadas en el Congreso.
Sheinbaum también recordó que, como primera mujer en ocupar la Presidencia de México, asumió el compromiso de fortalecer la protección de las mujeres frente a la violencia y el machismo. Señaló que durante su administración fueron incorporados a la Constitución el derecho a una vida libre de violencia y el principio de igual salario por igual trabajo.
Penas nacionales, agravantes y derechos para las víctimas
La consejera jurídica del Ejecutivo federal, Luisa María Alcalde, informó que el proyecto establece penas de 50 a 70 años de prisión, prohíbe la aplicación de atenuantes y determina que el feminicidio no prescribirá. La propuesta también contempla 19 circunstancias agravantes que permitirán incrementar las condenas dependiendo de las características de la víctima, del agresor y del crimen.
Entre las agravantes se encuentran los casos en los que la víctima sea niña, adolescente, adulta mayor, mujer embarazada, migrante o persona con discapacidad. También se consideran los antecedentes de violencia, ataques con ácido o sustancias inflamables, así como los feminicidios cometidos contra periodistas o activistas y aquellos en los que participe una persona servidora pública.
Maribel Bojorges Beltrán, titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, detalló que la ley contempla la homologación de los protocolos de actuación para que las investigaciones incorporen perspectiva de género. La medida busca reducir las diferencias entre fiscalías y garantizar que los indicios sean analizados con criterios especializados desde las primeras diligencias.
Por su parte, la subsecretaria de las Mujeres, Gómez Saracíbar, explicó que la iniciativa reconoce el derecho de las víctimas a una reparación integral del daño, que deberá incluir acceso a la verdad y la justicia, asesoría jurídica especializada, atención médica y psicológica de urgencia, además de acompañamiento para niñas, niños y adolescentes que queden en situación de orfandad.
Actualmente, las sanciones por feminicidio varían entre las entidades: mientras algunos códigos estatales establecen penas cercanas a 20 años de prisión, otros contemplan la prisión vitalicia. Con la nueva legislación, el Gobierno de México pretende eliminar esas diferencias, fijar estándares nacionales y garantizar una respuesta institucional uniforme ante la violencia feminicida.
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